El alcalde de Teguise inicia la modificación del Plan General del municipio para “legalizar” uno de los “esqueletos” con licencia anulada

La modificación propuesta por Oswaldo Betancort (CC) supondría autorizar un hotel de cuatro plantas en una parcela que originalmente tan solo contemplaba tres, incrementando la edificabilidad y las plazas turísticas. El anterior alcalde, Juan Pedro Hernández, ya fue condenado penalmente por el TSJC por la concesión de los permisos a los “esqueletos” ilegales de Costa Teguise.
El alcalde de Teguise, Oswaldo Betancort, ha dictado un decreto, que lleva fecha de 28 de enero de 2022, en el que acuerda iniciar un expediente de modificación menor del Plan General de Ordenación del municipio para permitir la construcción de un hotel de cuatro plantas en la parcela 216 de Costa Teguise. En la actualidad, en dicha parcela se localiza uno de los conocidos como “esqueletos” de Costa Teguise cuya construcción fue paralizada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el año 2005.
La modificación que pretende aprobar el Ayuntamiento, a solicitud de la entidad Grupo Hoteles Playa, S. A., consistiría en incrementar en 8.018 m² la edificabilidad de la citada parcela 216, en la que se encuentra la estructura del hotel que fue paralizado por la Justicia, que pasaría así de los 15.316 m² que tiene actualmente asignados en el Plan General a un total de 23.334 m².
La modificación propuesta por Betancort supondría un importante aumento de camas turísticas
Igualmente, la modificación propuesta por Betancort, supondría un importante aumento de las camas turísticas asignadas a dicha parcela, que pasarían de las 328 actualmente admitidas a 500. Además, de salir adelante la propuesta de la empresa promotora, cambiaría la naturaleza de esas camas que, a día de hoy, son consideradas como extrahoteleras. Precisamente la conversión de dichas camas en hoteleras permitiría a la promotora ganar una planta de altura, toda vez que la anterior ordenación solo permite tres mientras que la ordenación hotelera permite cuatro.
Para justificar los incrementos de edificabilidad, camas turísticas y la altura en la parcela donde se encuentra la obra, que fue suspendida por su ilegalidad, los informes contenidos en el decreto del alcalde indican que se pretende “trasvasar” derechos urbanísticos de la parcela 232, también propiedad de la promotora, a la 216. En consecuencia, la citada parcela 232 vería disminuida su edificabilidad y las plazas turísticas asignadas en la medida necesaria para compensar los incrementos que se producirían en la 216.
“Olvido” de la sentencia pendiente de ejecutar
Sin embargo, en ninguno de los informes que se reproducen en el decreto de Oswaldo Betancort se hace referencia al motivo que llevó a la suspensión de las obras de la edificación hotelera existente en dicha parcela, y se obvia que fue la ilegalidad de los permisos concedidos por el anterior alcalde, Juan Pedro Hernández, lo que llevó primero a la paralización cautelar y luego a la anulación de la licencia.
Hernández había concedido en dos ocasiones, en 2001 y 2003, sendos permisos prorrogando una licencia anterior que resultaba de todo punto incompatible con el planeamiento vigente en el momento de la ilegal prórroga. Además, tal y como señaló la Sentencia dictada el 6 de septiembre de 2010 por el Juzgado de lo contencioso administrativo de Las Palmas, lo hizo con omisión total del procedimiento que debió seguirse para ello, “sin el preceptivo informe jurídico municipal, ni el necesario informe de compatibilidad del Cabildo”, incurriendo en causa de “nulidad radical”.
Además, la nulidad de la licencia aboca a la demolición de lo edificado en la parcela porque no solo se autorizó ilegalmente en su momento, sino que tampoco puede legalizarse con el Plan General aprobado en 2014, de ahí que ahora se pretende esta modificación para permitir su “legalización”.
Se da la circunstancia de que la citada Sentencia nunca fue ejecutada por el Ayuntamiento, razón por la cual fuentes jurídicas consultadas consideran que la modificación del Plan General que ha iniciado el alcalde de Teguise, Oswaldo Betancort, no puede obviar la referida resolución judicial firme y los efectos que de la misma se derivan, porque el Tribunal Supremo ha declarado nulas las modificaciones de planeamiento que tengan como finalidad legalizar una ilegalidad, de ahí que resulte ineludible el análisis de dicha cuestión.
Juan Pedro Hernández (CC) fue inhabilitado por autorizar los “esqueletos”
El anterior alcalde, Juan Pedro Hernández, también fue condenado penalmente por el TSJC por la concesión de los permisos a los “esqueletos” ilegales de Costa Teguise, en una sentencia dictada por la Sala de lo Penal de dicho Tribunal el 6 de octubre de 2015, que lo consideró criminalmente responsable de “un delito continuado de prevaricación urbanística” (concesión de licencias a sabiendas de que son ilegales) y le condenó a “nueve años de inhabilitación especial para todo cargo público en la Administración Autonómica, Local o del Estado”, así como multa y pago de costas procesales.