Lanzarote cuenta con 21 Bienes de Interés Cultural (BIC)
BIC, malos tiempos para el patrimonio cultural
01 de julio de 2018 (23:45 h.)
Siempre que se ha incoado algún expediente sobre una propiedad privada en Lanzarote, lo normal ha sido dejarlo caducar.
Todo indica que se revisará a la baja el número de Bienes de Interés Cultural (BIC) declarados en Canarias porque “hay demasiados”. En Lanzarote hay 21 BIC declarados y casi todos presentan un buen estado de revista, aunque las intervenciones en ellos suelen ser desafortunadas. No obstante, lo de “hay demasiados” lo afirmó en 2017 el director general de Patrimonio Cultural del Gobierno regional, quien, además, consideraba que algunos BIC declarados en las Islas “no reúnen las condiciones para tener esa categoría”. Estando de acuerdo o no con él, no se le puede discutir que de esto entiende.
Aunque alguien pudiera echarse a temblar con las confesadas intenciones gubernamentales, tampoco es para tanto cuando se pone sobre la mesa que la Consejería de Patrimonio del Cabildo de Lanzarote no ha tramitado ni una sola denuncia de su propio inspector desde hace tres años. Lo curioso es que, en lo que concierne a los BIC, al tratarse de bienes que poseen el máximo grado de protección, generan una serie de derechos y deberes para sus propietarios, con los que se pretende asegurar su conservación y adecuada gestión.
Tenerife es la isla que más BIC tiene (205). Lanzarote cuenta con 21
De los 411 registrados en Canarias en sus diferentes categorías, Tenerife es la isla que más BIC tiene (205), seguido por Gran Canaria (97), Fuerteventura (47), La Palma (31), Lanzarote (21), El Hierro (6) y La Gomera (5). El Cabildo de Tenerife ya ha iniciado el proceso de revisión de sus BIC, en los que se incluyen monumentos, conjuntos históricos, sitios históricos y etnológicos, zonas arqueológicas y paleontológicas, bienes muebles, jardines históricos y categoría de ámbito local o insular.
Los BIC declarados en Lanzarote son la Casa de los Arroyo, el Castillo San José, la fachada de la fábrica ‘La Defensa’, la Iglesia San Ginés, la antigua Casa Cabildo y el conjunto formado por el Castillo de San Gabriel y el Puente de las Bolas, todos ellos en Arrecife. Teguise cuenta con otra media docena: la Ermita de San Rafael, el faro de Alegranza, la Iglesia de Guadalupe, el conjunto histórico de la Villa, el yacimiento y las queseras de Zonzamas y el Castillo de Santa Bárbara.
Los municipios de Haría y Tías son los únicos de la isla que carecen de BIC. Yaiza contabiliza cuatro: el Castillo de Las Coloradas, la Iglesia de Los Remedios, las Iglesia de San Marcial y el faro de Punta Pechiguera. Tinajo registra tres: la Ermita de Los Dolores, la Cruz situada a su lado y la Iglesia de San Roque. Por último, en San Bartolomé se encuentran la Casa del Mayor Guerra y la Iglesia de la localidad.
Cuando se ha incoado algún expediente a un privado, lo normal ha sido dejarlo caducar
En general, la tendencia es no declarar un BIC de propiedad privada. Por eso, siempre que se ha incoado algún expediente sobre una propiedad privada en la isla, lo normal ha sido dejarlo caducar. Esto es así porque los dueños de los BIC tienen la obligación de facilitar la inspección por parte de la Administración y permitir el acceso de los investigadores debidamente acreditados, así como la visita del público en general, al menos cuatro días al mes.
La mera posibilidad de incoar un BIC a un privado causa pánico. Esto es así porque los BIC pueden ser expropiados por parte de la Administración por motivos de utilidad pública e interés social o en el caso de que sus propietarios no cumplan con el deber de conservación de los mismos. Asimismo, los BIC necesitan autorización del Cabildo para cualquier intervención o cambio de uso que se realice en ellos.
Las ayudas públicas, en cambio, son exiguas, lo cual tampoco estimula la protección del patrimonio cultural. Los BIC declarados Monumento o Jardín Histórico están exentos del pago del IBI, al igual que todos aquellos edificios catalogados integralmente que se localicen en un Conjunto Histórico. Además, existen deducciones en el IRPF por obras en BIC o en inmuebles localizados en un Conjunto Histórico.
Según la Ley de Patrimonio Histórico de Canarias, un BIC es todo aquel enclave que ostente notorios valores históricos, arquitectónicos, artísticos, arqueológicos, etnográficos o paleontológicos o que constituyan testimonios singulares de la cultura canaria. Los BIC pueden ser tanto bienes inmuebles como muebles, así como el conocimiento y actividades tradicionales de ámbito regional, insular o local.