Casas viejas y patrimonio histórico en el nuevo Arrecife
El inmueble situado en el nº 2 de la Plaza de la Constitución presenta un gran deterioro, aunque es uno de los mejores testimonios de la arquitectura civil de la ciudad
Las casas viejas en Arrecife han ido dando paso a solares que permanecen a la espera de productividades inmobiliarias mejores. En la ciudad pasa lo contrario que en los pueblos y caseríos del interior, donde lo habitual es rehabilitar las casas antiguas en lugar de demolerlas y construir viviendas nuevas. Tengan o no valor patrimonial, salta a la vista en Arrecife el abandono de los inmuebles antiguos y su progresivo deterioro, mientras que muchos propietarios aguardan a que se vengan al piso de puro viejas. La razón es sencilla: el solar pelado es más valioso porque en él se puede edificar varias plantas.
Parece que esta tendencia comienza a revertirse, pero todavía hay ejemplos de abandono. Uno de ellos es el edificio situado en el número 2 de la Plaza de la Constitución, que se encuentra abandonado. A través de sus ventanas, desde la calle se aprecia como el deterioro se va apoderando del inmueble, que se muestra como un muladar en pleno centro de la ciudad ante la brutal indiferencia de la propiedad y el ayuntamiento. Este inmueble es uno de los mejores testimonios de la arquitectura civil de la ciudad y ha formado parte de sucesivos Catálogos Municipal de Bienes Inmuebles, dados sus valores patrimoniales.
LA PLANTA BAJA, MUY INTERVENIDA
Esta antigua vivienda se ubica en la segunda plaza más antigua de las conservadas en la ciudad. El espacio libre, La Plazuela propiamente dicha, era una hondonada que se inundaba con las grandes mareas del año y las lluvias y, por eso, las casas de alrededor se construyeron evitando el área de desbordamiento. Todavía hoy se inunda cuando arrecia la lluvia. En una de las esquinas de este espacio, en Constitución con la calle Ramón Manchón (Ramòn Manchòn con tildes invertidas en el rótulo de la calle, antigua artillero Luis Tresguerras), se alza este edificio con tipología en ‘O’ con un gran patio central, dos plantas y cubierta plana de azotea. La planta baja se encuentra muy intervenida y no se corresponde con la ubicación original de vanos y tampoco conserva las carpinterías originales.
El Pleno del Ayuntamiento de Arrecife, en sesión ordinaria celebrada el día 22 de febrero de 2002, aprobó definitivamente la Ordenanza municipal sobre conservación y estado ruinoso de las edificaciones. Su artículo primero es concluyente: “Los propietarios de las edificaciones deberán conservarlas en buen estado de seguridad, salubridad y ornato público”. El deber de conservación incluye las actuaciones “necesarias para asegurar el correcto uso y funcionamiento de los servicios y elementos propios de las construcciones y la reposición habitual de los componentes de tales elementos (art. 2). El procedimiento para exigir el deber de conservar podrá iniciarse de oficio, o a instancia de cualquier persona que tuviere conocimiento de su incumplimiento (art. 4). Pero ni caso.
La Ordenanza municipal sobre conservación y estado ruinoso de las edificaciones de Arrecife recoge en su artículo 3 que se entenderá como condiciones mínimas de seguridad, salubridad y ornato en edificaciones, las siguientes:
a) Condiciones de seguridad: las edificaciones deberán mantenerse en sus cerramientos y cubiertas estancas al paso del agua, contar con la protección de su estructura frente a la acción del fuego y mantener en buen estado los elementos de protección contra caídas. Los elementos de su estructura deberán conservarse de modo que garanticen el cumplimiento de su misión resistente, defendiéndolos de los efectos de la corrosión y agentes agresores, así como de las filtraciones que puedan lesionar las cimentaciones. Deberán conservarse, asimismo, los materiales de revestimiento de fachadas, cobertura y cerramiento de modo que no ofrezca riesgo a las personas y a los bienes.
b) Condiciones de salubridad: deberán mantenerse el buen estado de las redes de servicio, instalaciones sanitarias, condiciones de ventilación e iluminación de modo que se garantice su aptitud para el uso a que estén destinadas y su régimen de utilización. Mantendrán tanto el edificio como sus espacios libres con un grado de limpieza que impida la presencia de insectos, parásitos, roedores o animales vagabundos que puedan ser causa de infecciones o peligro para las personas. Conservarán en buen estado de funcionamiento los elementos de reducción y control de emisiones de humos y partículas.
c) Condiciones de ornato: la fachada de las construcciones deberá mantenerse adecentada, mediante la limpieza, pintura, reparación o reposición de sus materiales de revestimiento. Igualmente, deberá en todo momento armonizar con el resto del paisaje urbano que le rodea.