Ya no hay que pagar la plusvalía en caso de herencia
Ya no se puede cobrar la plusvalía en el caso de una herencia, porque ese acto es nulo a partir de una sentencia (59/2017) del Tribunal Constitucional.
Si heredas una casa de tus padres ya no hay que pagar la plusvalía al Ayuntamiento. Así que ya no te pueden cobrar la plusvalía en el caso de una herencia, porque ese acto es nulo a partir de una sentencia (59/2017) del Tribunal Constitucional que anula las liquidaciones del Impuesto del Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, o, coloquialmente, plusvalías. El Constitucional se pronunció tras las liquidaciones practicadas por el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria contra una vecina de la capital que había heredado diez inmuebles de su abuela. Es lo que se denomina adquisición por sucesión mortis causa.