FAUNA EXÓTICA

Propuestas para una gestión coherente de los gatos en Lanzarote y Canarias

Las colonias de gatos a través del método C.E.S (captura, esterilización y suelta) no es una solución adecuada para tratar de reducir las densidades de gatos en las Islas.

Propuestas para una gestión coherente de los gatos en Lanzarote y Canarias

Desde el Gobierno de Canarias se debe desarrollar e implementar una normativa autonómica de gestión de los gatos, de aplicación común en todas las islas. Esta es la principal recomendación que se desprende del informe denominado Impactos ambientales y riesgos para la salud pública de los gatos (Felis catus) en Canarias: Propuestas para una gestión coherente, redactado por Juan Carlos Rando, Félix Manuel Medina, Juan Luis Rodríguez, Manuel Nogales & Aurelio Martín, de la Asociación para la Conservación de la Biodiversidad Canaria (ACBC), y fechado el pasado mes de septiembre.
 
En el informe se exponen los principales impactos que producen los gatos en el medio ambiente de Canarias, así como los riesgos que para la salud humana suponen las altas concentraciones de estos felinos en áreas urbanas y rurales, cada vez más frecuentes en el archipiélago. De cara a una gestión coherente de los gatos en Canarias, lo autores señalan que es preciso distinguir entre los gatos asilvestrados (cimarrones), los animales con dueños (domésticos, propiamente dichos), los vagabundos y las colonias de gatos.
La liberación de estos felinos es un acto prohibido por la legislación vigente
 
Los autores recopilan toda la información disponible sobre los impactos que producen los gatos asilvestrados en las especies autóctonas del archipiélago, a través de la depredación. Además, se muestra que los gatos domésticos con propietario, pero que tienen acceso al exterior de sus domicilios, así como los gatos sin propietarios, pero que reciben alimentos en lugares públicos por parte de personas formando colonias, tienen impactos similares sobre las especies autóctonas. 
 
Teniendo en cuenta las cuestiones éticas relativas a la protección y bienestar animal, así como la respuesta social que deriva de cualquier actuación dirigida al control y/o erradicación de los gatos, en cualquiera de sus estados (doméstico, vagabundo o asilvestrado), recuerdan que la liberación de estos felinos es un acto prohibido por la legislación vigente en materia tanto de bienestar animal como de conservación de la naturaleza. Por ello, el informe recomienda desarrollar campañas de divulgación y educación ambiental, así como de coordinación con todas las personas, asociaciones e instituciones implicadas en la solución de este problema.
El método C.E.S (captura, esterilización y suelta) no es una solución adecuada
 
Por otro lado, se ofrece información que demuestra que las colonias de gatos a través del método C.E.S (captura, esterilización y suelta) no es una solución adecuada para tratar de reducir las densidades de gatos en el archipiélago. Por el contrario, esta práctica supone un riesgo tanto para la fauna autóctona del archipiélago, puesto que los gatos no pierden su comportamiento innato de depredador y continúan cazando, como para la salud pública, debido a las zoonosis que pueden transmitir tanto a otras especies como a los seres humanos. 
 
Asimismo, se detallan aspectos relacionados con la normativa legal vigente en materia de conservación de la naturaleza y del bienestar animal, en aquellos aspectos concernientes específicamente con los gatos en nuestro país, así como ejemplos y estrategias de gestión de esta especie en otros lugares del mundo. Por último, en el informe se exponen una serie de recomendaciones para alcanzar una gestión coherente de esta especie, tanto para tratar de reducir los impactos que estos animales tienen sobre el medio ambiente, como para reducir los riesgos que para la salud humana suponen las altas densidades de gatos en la vía pública. 

Recomendaciones para la gestión de gatos, caso por caso

Gatos asilvestrados. Son aquellos que están perfectamente adaptados al medio silvestre, no dependen del ser humano y se alimentan de la fauna tanto autóctona y endémica como de especies introducidas. Los gatos han sido incluidos por la UICN entre 100 de las peores invasoras del mundo, y para reducir la depredación de los gatos asilvestrados es imprescindible reducir sus poblaciones. Estas medidas son particularmente urgentes en zonas donde habitan especies amenazadas, como por ejemplo, en el caso de los lagartos gigantes de La Gomera, Tenerife y El Hierro. Este tipo de gatos son los que causan peores daños a la fauna autóctona.
 
Gatos con dueño. Son aquellos que son cuidados y alimentados en el domicilio de su dueño. En la Canarias se encuentran al amparo de la Ley 8/1991, de protección de los animales, en lo que concierne a los de compañía. Para reducir las tasas de depredación que estos animales ocasionan en la fauna autóctona, la primera aproximación para su manejo debe ser impedir o limitar su acceso al exterior de sus domicilios, tal y como ocurre con los perros. Los gatos con propietario son los menos problemáticos, sobre todo si se ejerce un adecuado control sobre ellos y se mantienen en el interior de sus domicilios, especialmente durante la noche. 
 
Gatos vagabundos. Animales sin dueño que vagan por núcleos urbanos y que son alimentados por personas que no se suelen encargar de otros cuidados. La Ley 8/1991 considera abandonados los animales domésticos o de compañía que carezcan de dueño o éste no pueda ser conocido o localizado, y no contempla en ningún caso la devolución de estos animales al medio. La Ley 8/1991 asigna a los ayuntamientos la competencia de recogida de animales abandonados los cuales pueden delegar esa función a las entidades protectoras de animales. Este servicio se debería hacer de forma rutinaria tal y como se hace para otros animales, como los perros. Esto es especialmente importante en los espacios naturales protegidos del archipiélago y su entorno inmediato, dado que el impacto, sobre la fauna autóctona en estos lugares puede ser muy severo.
 
Colonias de gatos. Animales sin dueños que son alimentados en lugares públicos por asociaciones protectoras de animales o por particulares. A pesar de que a efectos legales se trata de animales abandonados, algunos ayuntamientos, sin competencia para ello, han autorizado la existencia de colonias en sus ordenanzas. Se suele usar el método C.E.S. (Captura, Esterilización y Suelta), a pesar de que la existencia de las mismas no reduce su efecto sobre la fauna silvestre urbana y su presencia en lugares públicos es difícil de justificar tanto por cuestiones legales como de salud pública. La información científica indica que las colonias de gatos en la vía pública pueden tener serios impactos sobre la salud humana; por ello, y pensando en el interés general, debe aplicarse el principio de precaución y prohibirse estas prácticas. Las autoridades competentes deben hacer mayor incidencia en el control de los animales de compañía y en las adopciones de los animales callejeros y abandonados en los casos en que éstas sean viables, para reducir al mínimo el número de gatos en las vías públicas. El informe propone que la gestión de colonias de gatos se haga en recintos cerrados que garanticen que los animales no pueden acceder a la vía pública o al medio natural, siempre y cuando estén autorizadas por sanidad pública.

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