JUSTICIA

Los seis acusados del crimen de Juan Carlos Tejera niegan ser sus autores

La Fiscalía y la acusación particular personada en la causa han mantenido contra ellos los cargos de asesinato con ensañamiento.

Los seis acusados del crimen de Juan Carlos Tejera niegan ser sus autores

Los cinco acusados de matar a golpes a Juan Carlos T.A. en marzo de 2015 en Lanzarote y la mujer procesada como colaboradora han negado este lunes ante la Audiencia de Las Palmas tener relación alguna con ese crimen, si bien la Fiscalía y la acusación particular personada en la causa han mantenido contra ellos los cargos de asesinato con ensañamiento.

En la sexta sesión del juicio con Jurado que se celebra en la Ciudad de la Justicia de Las Palmas de Gran Canaria han prestado declaración los seis acusados y, al finalizar, el Ministerio Fiscal y la abogada que representa a la familia y a la pareja de la víctima, África Zabala, han elevado a definitiva su calificación de asesinato, que la acusación particular añade que se produce en concurso real con el delito de detención ilegal, mientras que las defensas se han mantenido en reclamar la absolución.

La fiscal atribuye a los acusados José Carlos C.H., Néstor David P.P., Angelo D.D., Juan Antonio D.R., Antonio Enrique G.G. y Tania R.R. el delito de asesinato con ensañamiento, si bien a la mujer la considera cómplice, y pide una condena de 25 años para los cuatro acusados y 14 años de cárcel para Tania R.R.

 Lo conocieron cuando salió en la televisión y en la prensa el hallazgo de su cadáver

Los acusados han negado haber acabado con la vida de Juan Carlos T.A., al que la mayoría ha dicho que lo conocieron cuando salió en la televisión y en la prensa el hallazgo de su cadáver en la escombrera de Argana, en Arrecife, incluso un primo de la víctima, Antonio Enrique G.G. ha explicado que supo que eran familia cuando coincidieron en la prisión de Tahíche. 

Según este procesado, estuvieron en distintos módulos y se hablaba de Juan Carlos T.A. porque estaba en prisión por narcotráfico, pero ha dicho que nunca habló sobre su primo con los otros acusados ni les dijo que se rumoreaba que podía tener dinero.

A los seis acusados las antenas de telefonía móvil los sitúan en la casa donde vivía el fallecido y en la zona de la cueva donde se halló el cadáver, pero todos ellos han indicado que se encontraban en esas inmediaciones pero no en los lugares relacionados con el crimen.

De uno de los procesados se localizó la huella de la palma de la mano, es el caso de Néstor David P.P., quien solo se explica que figure en el vehículo por su costumbre de apoyarse en los coches cuando sale de copas y bebe, según ha expuesto al tribunal.

Ha explicado que compró ese aparato para ponerlo en el coche de su mujer

Antonio Enrique G.G. ha negado que fuera el encargado de vigilar la vivienda de Juan Carlos T.A., pues, según su versión, en marzo de 2015, trabajaba en la construcción, en Playa Blanca, y no regresaba a su casa, en Arrecife, hasta las 19.00 de la tarde, y además la noche en que ocurrieron los hechos, del 12 al 13 de marzo, estaba celebrando varios cumpleaños y tiene fotos para demostrarlo.

Ha indicado que estuvo implicado en una investigación policial por un robo en el sur de Tenerife junto a otros de los acusados, pero lo absolvieron a él y a Angelo D.D. y ha admitido que tuvo problemas con la Justicia, pero que desde 2002 no volvió a tenerlos. "Ni me imaginé en la vida que me fueran acusar de algo así, nunca le he hecho nada a nadie", ha afirmado.

El procesado Angelo D.D. ha negado también haber instalado un GPS en el coche de la víctima para seguir sus movimientos y ha explicado que compró ese aparato para ponerlo en el coche de su mujer porque sospechaba que tenía un amante y que por eso viajó con el vehículo de su pareja a Lanzarote, para instalarlo. Ha dicho que pidió a Tania R.R., con quien mantenía una relación sentimental, que contactara con un amigo informático para que lo reparara, versión que ha corroborado la acusada, quien ha sido la única que se ha negado a contestar las preguntas de la acusación y solo ha respondido a las formuladas por su abogado y por el Jurado.

Angelo D.D. ha explicado al tribunal que residía en Tenerife y que en marzo de 2015 fue a Lanzarote de vacaciones y para visitar a su padre y a su abuela, una semana después de que se desplazaran los también acusados José Carlos C.H. y Néstor David P.P., a los que conocía y con los que iba a coincidir unos días en la citada isla.

No encuentra una explicación del motivo por el que se ubica su teléfono cerca de la casa del fallecido

La noche del 12 al 13 de marzo se encontraba en casa de su abuela, donde también vivía su padre, porque aprovechó las vacaciones para reparar la vivienda, y ese día acabó tarde de trabajar, consumió cocaína y permaneció hasta la madrugada en la casa, junto con otros de los acusados, ha referido. Ha explicado también al tribunal que su padre, el también acusado Juan Antonio D.R., recibió a sus dos amigos cuando llegaron a Lanzarote, y que les ayudó a buscar una casa de alquiler en Arrieta.

El procesado José Carlos C.H. ha manifestado que viajó a Lanzarote porque su pareja le estaba haciendo la vida imposible y ha afirmado que está convencido que la testigo protegido número 1 que figura en la causa es ella, porque ya le ha denunciado en otras muchas ocasiones.

Ha negado haber golpeado a Juan Carlos T.A. y, según ha indicado, no encuentra una explicación del motivo por el que se ubica su teléfono móvil cerca de la casa del fallecido y en la zona de la cueva de Argana; 17 llamadas con tres de los acusados, ha destallado la acusación particular.

Juan Antonio D.R., el padre de Angelo D.D., ha afirmado que conoce bien la escombrera de Argana Alta porque era constructor y tiraban allí los restos de las obras, pero ha asegurado que desde "hace 20 años no pasa por ahí" y que se localizó su teléfono móvil en la zona porque de viajar en la guagua, por lo que tampoco entiende el motivo de su implicación en el crimen.

Las acusaciones y las defensas presentarán mañana martes sus conclusiones al tribunal del jurado, que, una vez que tenga el objeto del veredicto, comenzará a deliberar sobre la culpabilidad o no de los acusados.

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