TRIBUNALES

El TSJC declara que las obras realizadas por el Cabildo en la Cueva y Jameos también son propiedad del Ayuntamiento de Haría

El alto tribunal ha desestimado el recurso de apelación que el Cabildo presentó contra la sentencia que anuló la inscripción de ambos inmuebles en su inventario de bienes.

El TSJC declara que las obras realizadas por el Cabildo en la Cueva y Jameos también son propiedad del Ayuntamiento de Haría

En una sentencia que lleva fecha de 27 de mayo de 2019, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha desestimado el recurso de apelación que el Cabildo de Lanzarote presentó contra la sentencia dictada por el Juzgado el  9 de mayo de 2017, anulando los acuerdos plenarios del Cabildo de 5 de mayo de 2011 y 4 de marzo de 2013, mediante los que esa corporación incluyó la Cueva de los Verdes y los Jameos del Agua en su inventario de bienes.
 
En el recurso de apelación, la defensa del Cabildo siguió manteniendo que ambos bienes eran propiedad del Cabildo porque están calificados en el Plan Insular como “sistema general” y han estado “ocupados” por dicha corporación durante todos estos años, insistiendo en que, además, las obras realizadas por el Cabildo tanto en los Jameos como en la Cueva para su explotación turística durante todo este tiempo también serían propiedad de dicha entidad, y no del Ayuntamiento de Haría.
 
Sin embargo, el alto tribunal rechaza tajantemente los argumentos del Cabildo y ratifica los que llevaron al Juzgado a estimar el recurso del Ayuntamiento de Haría contra la inclusión de ambos inmuebles en el inventario de bienes del Cabildo, por haber quedado plenamente acreditado durante la sustanciación de este largo proceso judicial que ha durado nada menos que seis años, que el propietario de la Cueva de los Verdes y los Jameos del Agua es el ayuntamiento de Haría.
 
Además, la Sala también desestima el alegato del Cabildo que pretendía atribuirse la propiedad de las obras que ha realizado durante estos años en ambos inmuebles para su explotación como centros turísticos, aclarando que “con respecto a la cuestión relativa a las obras, no se aprecia error alguno en la sentencia apelada”, porque “es clara la aplicación al presente caso de lo dispuesto en los artículos 358 y siguientes del Código Civil, acerca de la propiedad de las construcciones en suelo ajeno”. 
 
María Eugenia Torres e Ignacio Calatayud y sus polémicos informes
Se da la circunstancia de que la defensa del Cabildo en el recurso de apelación que acaba de ser desestimado, la asignó el Cabildo a una letrada de la Asesoría Jurídica del propio Cabildo, María Eugenia Torres Fuentes, en sustitución del letrado externo que San Ginés contrató como abogado para la defensa de la corporación en primera instancia, su amigo Ignacio Calatayud Prats.
 
Las fuentes jurídicas consultadas por este medio consideran que los argumentos esgrimidos por el Cabildo para tratar de arrebatar al Ayuntamiento de Haría la propiedad de ambos bienes inmuebles (con el argumento de que la primera corporación habría adquirido su titularidad porque el plan insular los consideras sistemas generales, sin necesidad de expropiación ni de pago de precio obviando la existencia de las condiciones de la cesión municipal) no solo carecen de fundamento, como han confirmado los tribunales, sino que “constituyen una temeridad que puede hacer incurrir en responsabilidad a los funcionarios que sostengan esos planteamientos a sabiendas de lo irreal e insostenible de los mismos”.
 
La referida letrada de la asesoría del Cabildo es la que ha firmado informes muy cuestionados por los grupos de la oposición en la Corporación avalando las tesis de Pedro San Ginés, como la certificación que suscribió en plena campaña electora a petición de San Ginés sobre la supuesta participación de la candidata del PSOE y presidenta electa del Cabildo, María Dolores Corujo, en el proceso de adjudicación del ciclo del agua a Canal Gestión. 
 
La misma jurista fue la que, según San Ginés, le asesoró “de cuerpo presente” sobre los aspectos que podían ser susceptibles de negociación con Canal Gestión que el TSJC  ha calificado de “sorprendentes alteraciones” para favorecer a ese licitador en la sentencia (recientemente confirmada por el Tribunal Supremo) que obliga a revisar el contrato, a pesar de lo cual dicha jurista se negó a declarar en la comisión de investigación que se constituyó en el Cabildo para examinar  esa adjudicación. 
 
María Eugenia Torres, que también actúa como jefa de Contratación del Cabildo, fue la empleada del Cabildo que emitió informe en el año 2014 considerando legales todos los contratos de la Corporación con la empresa “Fitonovo”, por los que la Fiscalía de la Audiencia Nacional recientemente ha solicitado cuatro años de prisión para el anterior consejero del área, Sergio Machín.
 
El presidente en funciones, Pedro San Ginés, también se ha negado a informar a la oposición de las retribuciones que ha percibido María Eugenia Torres durante los últimos años, así como los informes en que la misma se ha limitado a “ratificar” o “asumir” informes emitidos por letrados externos, como Ignacio Calatayud, rechazando incluso la solicitud que le formuló por escrito el Grupo Podemos aduciendo la normativa sobre protección de datos para seguir ocultando los conceptos e importes abonados a dicha letrada y los trabajos a que se refieren.

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