El ‘descuido’ en la Ley de Patrimonio Cultural

El ‘descuido’ en la Ley de Patrimonio Cultural

En una reciente información de denuncia sobre la aparente perversión en la redacción de la nueva Ley de Patrimonio Cultural de Canarias, para dar satisfacción a intereses ajenos al patrimonio, habría que poner en evidencia el hecho de que la conservación del patrimonio cultural ha generado siempre tensiones entre las personas que promueven su defensa y aquellas que consideran que es viable siempre que no afecte a otros intereses como el aprovechamiento del suelo. 
 
Ese conflicto de intereses es resuelto por el Derecho con leyes que, en general, dan preeminencia a los valores culturales sobre las facultades que integran el derecho de propiedad. Esas leyes responden al principio constitucional que garantiza la conservación y promoción del patrimonio cultural. Principio que obliga a los poderes públicos a no realizar actuaciones que pongan en peligro dicho patrimonio. 
 
El problema para la aplicación se plantea cuando el poder público que debe aplicarlo se acerca o se aproxima a los intereses que entran en conflicto con este principio. La descentralización administrativa tiene ese efecto perverso: cuanto más cercano es el poder público a los ciudadanos, más proclive es a sentir la influencia de personas o colectivos no interesados especialmente en la conservación del patrimonio cultural.
 
La conservación del patrimonio cultural es una fuente de problemas para los poderes públicos
 
La Comunidad Autónoma de Canarias no es ajena a tal influencia. Baste recordar los procedimientos de legalización de viviendas construidas en suelo rústico sin las correspondientes licencias y que de otro modo tendrían que haber sido demolidas. Procedimientos que, casualmente, se iniciaban cuando se aproximaban las elecciones. Conocemos que construcciones ilegales se siguen realizando pero ya no es necesario realizar procedimientos masivos de legalización. Ahora el procedimiento es más sutil y se resuelve disminuyendo el número de agentes de medio ambiente para reducir las denuncias y asunto resuelto. Hecha la ley, hecha la trampa.
 
La conservación del patrimonio cultural y, especialmente, el patrimonio arquitectónico y el arqueológico, es una fuente de problemas para los poderes públicos canarios por el conflicto entre la protección de los valores culturales y la aspiración de sus propietarios a obtener una plusvalía. Materializar los posibles beneficios que el mercado urbanístico o agrícola-ganadero les ofrece, o simplemente no ver limitado las facultades del derecho de propiedad condiciona la actuación de alcaldes, presidentes de cabildos, el Gobierno de la Comunidad y hasta del Parlamento.
 
El patrimonio cultural importa si permite una buena foto para la prensa
Intereses de la más variada índole inciden en la toma de decisiones pero el político, sea local o autonómico, es muy sensible a las polémicas sobre el ejercicio de ciertos derechos, como el derecho de propiedad, en la medida que afecta a sus expectativas electorales. Lo demás, incluido el patrimonio cultural, les importa poco salvo que les permita una buena foto para la prensa. Es en este contexto en el que hay que comprender la actuación de uno de los poderes públicos de la Comunidad Canaria: el Parlamento. Sus miembros no dejan de ser políticos locales a los que sus potenciales electores se dirigen reclamándoles actuaciones determinadas, o bien ni siquiera es necesario que se las reclamen: ya saben lo que tienen que hacer si no quieren ver perjudicados sus intereses electorales. 
 
De esta realidad ha salido la nueva Ley de Patrimonio Cultural de Canarias. La primera cuestión que debemos plantearnos es si es necesaria una nueva Ley de Patrimonio Cultural canario, si las aportaciones del nuevo texto legal son lo suficientemente novedosas como para derogar la Ley de 1999. O sea, si la nueva regulación supone un plus de protección sobre el patrimonio cultural que la anterior Ley no aportaba. Si de la lectura de ambos textos legislativos el resultado es que la segunda es más favorable para el patrimonio, se habrá mejorado la ley. La paradoja sería que fuera mejor la primera, la de 1999 que la segunda de 2019. Parece que la paradoja se ha cumplido.

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