LABORAL

La justicia condena a los Centros Turísticos y a una ETT a readmitir a una trabajadora

La sentencia obliga a la readmisión inmediata de una limpiadora que puede elegir entre indefinida de la empresa Activa Trabajo Canarias ETT o como personal laboral indefinido en los CACT.
La justicia condena a los Centros Turísticos y a una ETT a readmitir a una trabajadora

El Juzgado Nº 3 de lo Social de Arrecife pronunció el pasado 28 de septiembre una sentencia condenatoria contra los Centros de Arte, Cultura y Turismo (CACT) del Cabildo de Lanzarote y contra la empresa Activa Trabajo Canarias ETT, SL, a las que obliga a readmitir a una limpiadora. 
 
La sentencia obliga a la readmisión inmediata de la trabajadora, quien puede elegir entre quedarse como indefinida de la empresa Activa Trabajo Canarias ETT o como personal laboral indefinido en los CACT.
 
La demanda fue interpuesta en su día por A.N.C. , activista de Las Kellys de Lanzarote  y militante afiliada a Sindicalistas de Canarias, por vulneración del derecho fundamental al considerar que “existió represalia a la reclamación iniciada por nuestra compañera sobre su contratación en fraude de Ley y por consiguiente su fijeza en la empresa”, afirma Sindicalistas de Canarias.
 
El fallo se resuelve a favor de la demandante que, a su vez, “contó con el apoyo del Comité de Empresa de los CACT que con anterioridad, “había denunciado la contratación abusiva temporal que fue uno de los puntos  que motivaron la huelga general del pasado verano”.
 
“Consideramos que esta sentencia marca un antes y un después en la lucha contra la contratación abusiva temporal, encadenar contratos  y  contratación en fraude de Ley de la que también están haciendo excesivo uso las empresas del ámbito público formando parte de la precarización del mercado de trabajo”, asegura Sindicalistas. 
 
El juez condena a ambas empresas a la readmisión como indefinida de la demandante por elección propia y a abonarle una indemnización de 6.251 euros "por daños morales".

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