Se han vulnerado los derechos del concejal Andrés Medina

Somos debe disolverse en el Ayuntamiento de Arrecife, según el Defensor del Pueblo

El Defensor del Pueblo responde a la secretaria y afirma que “es ilegal" mantener constituido el grupo político Somos Lanzarote con sólo dos integrantes.
Somos debe disolverse en el Ayuntamiento de Arrecife, según el Defensor del Pueblo

“Es ilegal la decisión de mantener constituido el grupo político Somos Lanzarote con sólo dos integrantes” afirma el jurista Francisco Fernández Marugán, de la Oficina del Defensor del Pueblo, quien el pasado viernes remitió un informe jurídico, en respuesta a un informe del pasado 8 de septiembre que le envió la secretaria accidental del Ayuntamiento de Arrecife, Pilar Machín. Según ha hecho público Vecinos Unidos, el dictamen del Defensor del Pueblo “deja bien claro” que hay que tener presente lo que dice el apartado 3 del artículo 23 de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias, un precepto legal que “no admite interpretación alguna, ya que es evidente que no puede existir un grupo político municipal constituido válidamente integrado sólo por 1 ó 2 miembros. Si ello sucediere, esos concejales se integrarán en el grupo mixto”.
 
Insiste el Defensor del Pueblo en que “ni al principio del mandato puede constituirse un grupo político municipal con sólo 1 o 2 miembros, ni a lo largo del mismo puede hacerlo como resultado del abandono de algunos de sus componentes”.
 
Han vulnerado los derechos de participación política de Andrés Medina
El informe jurídico también le recuerda a la secretaria accidental de Arrecife, que ante otro caso de unos concejales que también habían sido expulsados de su grupo político municipal, la Sala Primera del Tribunal Constitucional, dictó la sentencia 20/2011, de 14 de marzo, en la que reiterando el contenido de otra anterior sentencia del mismo Tribunal Constitucional (169/2009, de 9 de julio), indicó que “la decisión de la corporación municipal –confirmada en vía judicial- de considerar a los recurrentes como concejales no adscritos… no vulneró su derecho de participación política, pues no afecta al núcleo de la función representativa”. Es decir, “participar en condiciones de igualdad”, como señala el fallo. Con ello “se confirman los derechos del concejal Andrés Medina a participar en la Mesa de Contratación de Arrecife, algo que hasta la fecha le había sido negado por la secretaria”, asegura Vecinos Unidos.
 
También recrimina el Defensor del Pueblo a la secretaria accidental de Arrecife, que “no se ha informado de que ya se ha contestado expresamente a los escritos que presentó el interesado”. Finalmente, en respuesta al informe elaborado por Pilar Machín el pasado 8 de septiembre, discrepando “de los argumentos jurídicos de la anterior resolución”, el Defensor del Pueblo replica que “hay quienes defienden que los Concejales que han sido expulsados de un grupo político municipal ya constituido, no pueden ser considerados de la misma forma que los que lo abandonan voluntariamente”.

Comentarios