Opinión

Un referéndum para la reforma del Estatuto de Autonomía

Un referéndum para la reforma del Estatuto de Autonomía

La situación política catalana ha acabado por partir definitivamente los ya de por sí agrietados consensos sobre el modelo territorial derivados del 78. La tesitura actual urge a la apertura de un debate común en el que se pongan sobre lo mesa derechos políticos, y también civiles de las sociedades que componen el Estado. Fruto de esa interpelación nace el manifiesto “Canarias con voz y voto” de la Fundación Canaria Tamaimos que concluye entre otras cuestiones que la reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias sea votado en referéndum por el pueblo canario.
 
La herramienta del referéndum  es aplicar la democracia directa, es ejercer un saludable derecho civil y democrático,  utilizado en el Ordenamiento Jurídico español  de forma selectiva, solo para aquellas cuestiones que revistan especial trascendencia (art. 92 CE) y  estando entre estas la aprobación del Estatuto de Autonomía de algunos territorios del Estado,  (art.151. 2.3 CE). En principio los que accedieron por el procedimiento agravado, Andalucía, Cataluña, Galicia y País Vasco, pero posteriormente todas aquellas autonomías que, en la búsqueda de la equiparación competencial, estimaron adecuado incluirlo con posterioridad, como requisito para su reforma como, por ejemplo, la Comunidad Valenciana.
 
La cuestión del referéndum para la norma autonómica del  Archipiélago Canario que ahora propone la Fundación Canaria Tamaimos no es nueva, de hecho ha estado presente desde la conformación inicial del estatuto. Aquí añado un fragmento en el que en pleno debate para la aprobación del Estatuto de Autonomía de Canarias, en el Congreso de los Diputados, el 26 de mayo de 1982 el Portavoz del Partido Comunista Solé Tura, justifica su enmienda a la totalidad del documento aludiendo a la necesidad de que se realizar un plebiscito autonómico sobre la norma con el argumento de que su adhesión fije claramente la españolidad de Canarias: “nada impide , a nuestro entender, que se produzca una norma transitoria sobre la celebración de referéndum en Canarias y que esto opere como uno de los supuestos previstos en el artículo 9º, apartado 1 de la LO 2/1980, sobre regulación de las distintas modalidades de referéndum (…). Hay que dejar el camino cerrado a toda clase de especulaciones para que nadie pueda atribuirse la interpretación de la voluntad del pueblo canario, diciendo que el pueblo canario no quiere ser España y quiere ser otra cosa.”
 
A ello le contestaron Bergasa Perdomo (UCD), co-ponente de la norma en el Congreso, planteando lo innecesario de la consulta, y poniendo como justificación precisamente el  riesgo de que se haga una lectura dubitativa al respecto de la españolidad de Canarias: “No vemos  la necesidad del referéndum (…) nos parece delicado y peligroso, justamente por ese razonamiento de que si se celebrara un referéndum, ¿qué ocurriría si hay una abstención del 40-45%? ¿no sería un arma para pescadores en río revuelto en esa materia? (…) El proceso autonómico canario se inició por el art.151  pero no lo vemos ahora necesario ni constitucional ni políticamente. (…) En Canarias no está cuestionada la españolidad. Somos españoles. Y, sin embargo, sí pensamos que un referéndum que tuvieses esas posibilidades como es además probable por precedentes anteriores, podría ser objetado por esos ámbitos malhadados que tienen el problema de la españolildad de Canarias cuestionado. (…) No es, en absoluto, recomendable en estos momentos el referéndum.”
 
Como se pone de manifiesto, la presencia del nacionalismo e independentismo canario influía de forma central en el debate político en lo relacionado con el Archipiélago,  las intervenciones de SoléTura y Bergasa Perdomo no son dos fragmentos casuales, la cuestión de la españolidad de Canarias y del nacionalismo canario está latente en la aprobación de la norma de forma constante. Probablemente,  junto con el antecedente  del referéndum fallido sobre la iniciativa del proceso autonómico de Andalucía, la presencia política del nacionalismo canario es lo que explica el recorte competencial en la vía de acceso a la autonomía de las Islas Canarias.
 
En la actualidad, el escenario ha cambiado sustancialmente, con un nacionalismo rupturista ausente de las instituciones y sin tantas adhesiones sociales, a la reforma del 96 del Estatuto de Autonomía  se le une ahora la reforma de la norma que se somete a debate en el Congreso de los Diputados a partir del  12 de diciembre, y que nace de los votos favorables de CC y PSOE en el Parlamento de Canarias en 2015. Esta reforma, que aspira a consolidar la norma autonómica como un estatuto de nueva generación  recoge por primera vez en su artículo 199.1b) y 199.4 la autorización del Estado para que el Gobierno Autonómico celebre un referéndum que culmine con cualquier reforma estatutaria.
 
Luego se da la paradoja de que la reforma del Estatuto en debate incluye un proceso más democrático para sus  reformas venideras, el referéndum, que para esta misma; y que incluso otros estatutos de autonomía como el valenciano, al mismo nivel que el canario, serán aprobados en esta legislatura con la vía del referéndum. Estamos hablando, por tanto, de que las Islas Canarias, nuevamente perdería la posibilidad de equipararse competencialmente a otras nacionalidades históricas del Estado.
 
Para evitar que esto ocurra, es más necesario hoy que nunca cerrar un debate abierto hace 35 años, y que, con intereses a caballo entre la tutela y el miedo, impidieron que el pueblo canario se pronunciara de forma directa sobre la norma que ha de regir su presente. El referéndum de la norma que está siendo debatida en las Cortes del Estado requiere esencialmente de la voluntad política de los partidos políticos representados en el Parlamento de Canarias, y en las Cortes, en aras de conseguir que el proceso para las futuras reformas se implemente de forma efectiva en esta, a través de una autorización del Gobierno del Estado en la Ley Orgánica emanada de las Cortes Generales para la aprobación del Estatuto de Autonomía.
 
Entre 1979 y 1980 una mayoría abrumadora de los Ayuntamientos de Canarias aprobaron mociones y propuestas dirigiendo al Archipiélago a acceder a su Autonomía por la vía del 151, la de la asunción competencial plena, el de las nacionalidades históricas. Esas mociones quedaron en papel mojado. Hoy, nuevamente, las Islas Canarias tienen ante sí un tren, el  del cambio de modelo territorial, que no puede dejar pasar. El momento exhorta a las organizaciones firmantes del “Manifiesto Canarias con voz y voto”  Somos Lanzarote, Nueva Canarias, Sí Se Puede, Podemos, Roque Aguayro, Izquierda Unida Canaria, y la Alianza Libre Europea, a convenir una propuesta que se extienda institucionalmente. Una propuesta que explicite la ambición de la sociedad canaria a profundizar en su autonomía, desde una posición adulta, que le permita ejercer sus derechos políticos y civiles votando en referéndum la reforma de su Estatuto de Autonomía.

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